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EL GOBERNADOR PUSO EN VIGENCIA EL RÉGIMEN DE VENTANA JUBILATORIA Y MORATORIA PREVISIONAL

A través del decreto 636/22, el gobernador Oscar Herrera Ahuad puso en marcha el régimen de ventana jubilatoria y moratoria previsional para los trabajadores de la Administración pública provincial y municipal. El ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, explicó que estos instrumentos «buscan beneficiar a aquellos trabajadores en edad jubilatoria que no cuentan con los años de aporte necesarios, y a aquellos que cumplen con ambos requisitos para acceder a un mejor haber».

Moratoria previsional
Está orientada a aquellos trabajadores que tengan la edad para jubilarse (60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres) y al menos 20 años de aportes. Para compensar los años de servicio restantes para poder jubilarse (bajo el régimen normal son necesarios 30 años como mínimo), los beneficiarios de esta medida podrán acceder a una moratoria con el IPS Misiones. De esta manera, podrán jubilarse de forma inmediata e ir pagando en cuotas la moratoria a través de un descuento en el haber jubilatorio. Accediendo a esta herramienta, percibirán el 75% de su haber neto del mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación (monto sobre el cual se descontarán mensualmente los aportes y contribuciones de los años que le faltan).

Ventana jubilatoria
Está orientada a aquellas personas que tienen la edad requerida y también los años de servicio correspondientes para poder jubilarse. En este caso, a diferencia del régimen tradicional, quien opte por la ventana jubilatoria se jubilará con el 75% del sueldo neto en actividad, que representaría una cifra mayor que si se jubilara por el régimen tradicional, donde se calcula promediando los haberes actualizados de los últimos diez años. Se tomarán como referencia los haberes al mes de mayo de 2022 más los aumentos que se otorguen al momento de la jubilación. La jubilación será del 75% si tiene 30 años de servicio, y se suma un 1% más por cada año adicional (por ejemplo, con 37 años de servicio se jubilará con el 82% del sueldo neto en actividad). En cada caso, el IPS le presentará al interesado los haberes calculados por el régimen de la ventana o el régimen normal para que opte por la opción más conveniente.

En ambos casos queda excluido el personal de seguridad, que cuenta con su propio régimen de retiro; y sí están incluidos los trabajadores de aquellos municipios que se adhieran a esta medida conforme lo determine la reglamentación.